La transcripción de los documentos y sus notas corresponden al apéndice I del libro de Javier Paredes, Las llagas de la monja, Sor Patrocinio en el convento del Caballero de Gracia 1829.1835 . Madrid 2015. Pp. 203-210.











RECEPCIÓN DE MONJA DE VELO Y CORO EN EL CONVENTO DE CABALLERO DE GRACIA A DOÑA MARÍA DOLORES QUIROGA
En 19 de diciembre de 1828
En la Villa de Madrid a 19 de diciembre de mil ochocientos veinte y ocho: Estando en el convento de religiosas de Caballero de Gracia de esta Corte, Orden del Seráfico P. San Francisco de Asís, ante mí el escribano de número y testigos, [a]parecieron en uno de sus locutorios por la parte interior de la clausura la Señoras Abadesa, Vicaria, Discretas y Consiliarias de dicho convento, convocadas a son de campana, según lo tienen de costumbre, para tratar de las cosas tocantes al mejor servicio de Dios, bien y utilidad de la comunidad y dichas Señoras que conforme a sus estatutos la hacen plena por sí mismas y por las demás religiosas que al presente son o en adelante fuesen de dicho convento, prestan voz y caución de que estarán y pasarán por el contenido de esta escritura, bajo expresa obligación que para ello hacen de sus bienes y rentas temporales y espirituales; y así congregadas en presencia del P. Fr. Manuel de Riaza, vicario actual del referido convento y de don Joaquín Moradillo, su mayordomo; dijeron: que por la mayor parte de votos han acordado recibir por monja de velo y coro a Doña María Josefa de los Dolores Quiroga, hija legítima de D. Diego y Dª María de los Dolores Cacopardo, vecinos de la villa de San Clemente en la Mancha[1], la cual trae por dote según está estipulado mil ducados [2]; y además los alimentos señalados para el año de noviciado, ajuar y alhaja de sacristía que acostumbran llevar todas; y al pago de lo referido se ha de obligar según también está convenido el presbítero Don Joaquín Martínez Serrano [3], capellán de las Salesas Reales, vecino de esta Corte; y la comunidad en recibirla, darle el hábito y a su tiempo la solemne profesión; apartándose de cualquier derecho que mediante ella y por razón de su persona pudiera adquirir a los bienes de su legítima paterna y materna, pues estos solamente y no los transversales y futuras sucesiones que se reservan las religiosas los pueda renunciar libremente en la persona que mejor le parezca al tiempo de su profesión; para todo lo cual han obtenido licencia y patente del Rvd. P. Fray José Rodríguez Valcazar, vicario provincial, en treinta del mes de noviembre último, refrendada y sellada en la forma de costumbre, que se incorpora al protocolo de esta escritura, así como la fe de bautismo de la interesada, para insertar en sus copias, y su contenido es el siguiente:
Aquí lo citado.
Lo inserto corresponde con su original que queda unido al protocolo de esta escritura de que doy fe y a que se remiten los otorgantes. Y a su virtud el presbítero Don Joaquín Martínez Serrano , cumpliendo con lo que tiene ofrecido otorga: que se obliga a dar y pagar según lo hará sin excusa ni pretexto alguno el día de la profesión de la citada Doña María Josefa de los Dolores Quiroga, a las Señoras Abadesa y religiosas de este convento los expresados mil ducados de vellón en moneda efectiva metálica por razón de su dote, y la alhaja de sacristía o su equivalente en metálico; respecto a que lo hace depósito del importe de los alimentos para el año de noviciado y a su entrega quiere y consiente el Sr. Martínez se le pueda apremiar por todo rigor de derecho y la vía más breve, sumaria y ejecutiva que haya lugar, con más al reintegro de las costas, daños y perjuicios que por su morosidad se originen a la comunidad, cuya liquidación deja diferida con la relación simple o jurada de la misma, o quien legítimamente la represente sin necesidad de otra prueba de que la releva. Y la Señoras Abadesa y religiosas para lo que corresponde al importe de los alimentos que se han entregado en este acto a mi presencia y la de los testigos que al final se expresan y pasarán a su parte y poder realmente y en efecto se dan para que contentas y satisfechas a toda su voluntad y otorgan a favor de la Doña María de los Dolores Quiroga la más firme, segura y legal carta de pago que a su derecho corresponda. Y conformándose con la obligación constituida por Don Joaquín Martínez Serrano prometen recibirla inmediatamente por monja de velo y coro de este convento, darle el hábito y a su tiempo la debida profesión, apartándose de cualquier derecho que por razón de ella pudieran adquirir a los bienes de sus dos legítimas paterna y materna, para que estos solamente y no los transversales y futuras sucesiones que reservan, los pueda renunciar libremente en quien le pareciese, lo que ejecutarán más en forma al tiempo de su profesión, precediendo para ello las solemnidades necesarias a lo que consienten se les pueda compeler en legal forma. Y al cumplimiento de lo referido obligan todos los otorgantes sus bienes y rentas y para que a ello les obliguen como lo fuera por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dan poder a las justicias competentes con renunciación de las leyes de su favor, y que las Señoras religiosas expresamente renuncian también a la minoría de edad que compete a la comunidad. Así lo otorgan y firmaron, a quienes doy fe conozco, siendo testigos Don Agustín Fernández Martínez, Don Juan José del Pozo y Manuel María, residentes en este Corte
Firmas:
Sor María Benita del Pilar. Abadesa
Sor María Antonia de la Paz. Vicaria
Sor María Urbana de la Natividad
Sor María del Carmen de San José
Sor María Hipólita de San Felipe de Neri
Sor María Dorotea del Santísimo Sacramento
Joaquín María Martín y Serrano
Joaquín Mariano de Moradillo
Fr. Manuel Valcárcel
Ante mí: Claudio Sanz
Nota: Y en virtud de (palabra ininteligible) del Sr. Don Francisco Amorós y López [4], juez de primera instancia de esta Villa y a instancia de su promotor Don Antonio Alonso [5] se dio un testimonio de la partida de Bautismo, que se halla unida a continuación de la religiosa Doña María de los Dolores Quiroga, lo que anoto y firmo en Madrid a quince de enero de de mil ochocientos treinta y nueve. Don Claudio Sanz y Barea
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Don José de la Peña López Borricón, vicario perpetuo de la parroquia de Santo Domingo de Silos de este pueblo de Valdeganga de Cuenca, diócesis id.
CERTIFICO que en un libro en folio que es el quinto de Bautismos, que se halla en el archivo de esta iglesia parroquial, el cual libro dio principio en mil setecientos setenta y nueve y finó a últimos de mil ochocientos veintisiete, en el folio ciento treinta y uno vuelto se halla una partida del tenor siguiente:
En la iglesia parroquial de Santo Domingo de Silos del lugar de Valdeganga de Cuenca a cinco días del mes de mayo del año de mil ochocientos y once. Yo Fr. Francisco Montoro, exvicario general de la Orden de San Jerónimo y teniente de esta parroquial, por ausencia de su párroco, bauticé solemnemente y ungí con los santos Óleos y Crisma a una niña que nació en la Venta del Pinar el veintisiete del pasado mes de abril, a quien puse por nombre María Josefa de los Dolores Anastasia, hija legítima de D. Diego Quiroga y de Dª María de los Dolores Cacopardo, vecinos de la Villa de San Clemente de la Mancha. Abuelos paternos: Don Fernando Quiroga Y Dª Manuela de la Torre y Valcárcel. Maternos: D. José Cacopardo y Dª. Ramona del Castillo. Padrino. Y la tuvo in sacro fonte Juan Guerrero vecino de San Clemente, a quien advertí el parentesco espiritual y demás obligaciones, y para que conste lo firmé fecha in supra. Fr. Francisco Montoro.
Concuerda esta partida a la letra con su original que queda colocada en el archivo de mi cargo a que me remito. Y para que conste y obre los efectos conducentes a instancias de dicha Doña María de los Dolores Quiroga doy la presente que firmo en dicho Valdeganga de Cuenca a diez de Agosto de mil ochocientos veinte y ocho.
Firmado: Don José de la Peña López Borricón.
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Fray José Rodríguez Valcazar, lector jubilado, examinador y juez de concurso del Arzobispado de Toledo y ministro provincial de esta de Castilla de la Regular Observancia de N. P. S. Francisco y Siervo
A la madre Abadesa o Presidenta de nuestro Convento de Caballero de Gracia de esta Corte, salud y paz en nuestro Señor Jesucristo.
En virtud de las presentes concedemos a V. R. nuestra bendición y licencia en la forma que se nos pide, para admitir en la clausura y dar el hábito de velo y coro a Doña María de los Dolores Quiroga, hija legítima de Don Diego y Doña María de los Dolores Cacopardo, vecinos de la Villa de San Clemente de la Mancha.
En atención a que ha tenido los votos de la Comunidad, según consta por la certificación que V. R. nos ha remitido, con tal que antes se otorgue escritura por los padres o parientes de la pretendienta de dar al tiempo de su profesión mil ducados de dote, los alimentos señalados para el año de noviciado, el ajuar y alhaja de Sacristía que acostumbran llevar y dar las que se reciben en igual clase en ese nuestro convento, a cuyo otorgamiento se hallarán presentes el Rdo. Vicario y Mayordomo o cobrador del expresado nuestro convento observando en lo demás lo que previene el santo Concilio Tridentino, y ordenan nuestras constituciones generales. Y cumplido el año de noviciado, precediendo los votos de la comunidad, y pagada la dote con que fue admitida, se la dará profesión sin nuevo recurso a Nos. Para lo que damos la presente firmada de nuestra mano, sellada con el mayor de nuestro oficio, y refrendada de nuestro infrascripto secretario en este nuestro convento de San Francisco el Grande de Madrid a 30 de Noviembre de 1828.
Fr. José Rodríguez Valcazar, ministro provincial.
Por mandado de S.P.M. R.
Fr. Manuel Moreno. Secretario
ARCHIVO HISTÓRICO PROTOCOLOS MADRID. Tomo, 23.429. Fols. 606 recto a 611 vuelto.
[1] Conviene añadir cierta información a los datos de esta escritura. Si bien la madre de Sor Patrocinio es natural de San Clemente, el padre no lo es. Su madre figura que fue bautizada el 1 de junio de 1790 en el libro de Bautismos de la iglesia aneja de Santa Quiteria de San Clemente que se conserva en APSC. Y el padre fue bautizado el 14 de enero de 1763 según consta en el libro V de Bautismos de las parroquias de Santa María Ferreira de Pantón y San Vicente de Deade (Lugo) que se conserva en ADL. En 1829 ya no eran vecinos de San Clemente, sino de Madrid a donde se había trasladado la familia en 1824. Y en Madrid fallece el padre de Sor Patrocinio el 31 de agosto de 1825. Y en uno de los periódicos que hemos consultado en HMM aparece esta información en el órgano oficioso del partido progresista: “En este tiempo se marcharon aquellos a su pueblo de San Clemente, donde ya les tenían embargados sus bienes, y en el momento que los vieron entrar pusieron al matrimonio en la cárcel pública, llevándose a su casa la abuela materna a los nietos, entre ellos a Sor Patrocinio. Como nada había ya que expoliarlos, dieron suelta a los dos presos y se restituyeron a Cinchilla, donde se sostuvieron con los pocos enseres que allí tenían, malvendiéndolos, y con los socorros que les prodigaban personas verdaderamente religiosas y liberales. De dicha ciudad se vinieron a esta Corte en 1824, en donde carecían de todo recurso para subsistir, y falleció lleno de miseria el D. Diego de Quiroga y Losada en la Cava Baja, casa que pertenecía entonces a D. Casimiro Antonio Gómez”. Eco del Comercio, 17-XI-1835, p.3. Hemos buscado en AGVM sin obtener información, para estos primeros años del siglo XIX solo se conservan muy pocos padrones y solo de algunas calles de Madrid.
[2] Un ducado equivalía a once reales, por eso en la causa formada a Sor Patrocinio publicada en 1837, la abadesa declaró que la dote de Sor Patrocinio había sido de 11.000 reales, además de los alimentos y la alhaja. Sueldos anuales de referencia de esa época pueden ser los siguientes: un maestro de primeras letras cobraba 7.500 reales, un catedrático de universidad 15.000, un juez de entrada 7.300 reales y un juez de término 11.500 reales, un magistrado de audiencia judicial 24.000, menos los de la audiencia de Madrid que cobraban 40.000. En cualquier caso, los 11.000 reales de dote era una cantidad inalcanzable, porque su padre perdió todo su patrimonio y se trasladó a Madrid donde murió en la miseria, como ya hemos dicho. El 26 de enero de 1826 se le concedió a su viuda una pensión de 3.500 reales anules, una cantidad insuficiente para mantener a una familia de siete miembros: sus cinco hijos y su madre, la abuela Ramona, que también se trasladó de San Clemente a Madrid. Cfr. AHN. Hacienda. Legajo 573, expediente 12.
[3] Sor María Isabel de Jesús en Vida Admirable no le cita. Y Pedro Voltes en su biografía Sor Patrocinio, la monja prodigiosa (Barcelons,1994), 403 páginas, le presenta como uno de los confesores de Sor Patrocinio desde que esta se traslada a Madrid con su familia y se refiere a él como Joaquín María Serrano. Hemos respetado el texto de la escritura en la que figura con el apellido Martínez. Pero la firma es clara: Joaquín María Martín Serrano. Y con este mismo nombre figura en la Guía del estado eclesiástico seglar y regular de España para el año 1829, que en sus páginas 36 y 37 da información de las Salesas. El nombre oficial es Real Monasterio de la Visitación de Santa María, instituto de San Francisco de Sales, que había sido fundado en 1757 por el rey Fernando VI y su esposa Bárbara de Braganza. La plantilla eclesiástica de las Salesas estaba compuesta por un confesor ordinario, un capellán, un penitenciario y siete capellanes de número, entre los que se encontraba Joaquín María Martín Serrano. En 1829 de las diez plazas de la plantilla de las Salesas cinco estaban vacantes. Por establecer una comparación entre los conventos madrileños, diremos que el que tenía mayor plantilla era el monasterio de las Descalzas Reales que tenía 26 sacerdotes. En esta misma Guía del estado eclesiástico de 1829 el protector de Sor Patrocinio figura también como examinador sinodal. Por todo ello se puede afirmar que era un sacerdote reconocido en Madrid y bien relacionado, lo que hizo posible que pudiera ayudar a Sor Patrocinio para pagar la date de once mil reales y los gastos de entrada en el convento del Caballero de Gracia. Y todo ello sin perder de vista que su madrina fue la condesa-duquesa de Benavente que sin duda debió contribuir, sin que podamos concretar en qué medida, pues hemos consultado los fondos de las casas de Benavente y Osuna en la Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional de Toledo y no encontramos ninguna referencia de Sor Patrocinio.
[4] Consultada la Guía de Forasteros de 1839 en su página 126 figura como Juez de Primera Instancia de Madrid.
[5] En la Guía de Forasteros de 1839 figura como promotor fiscal de Dolores, provincia de Valencia, pudo ser traslado y no lo recoge la revista.
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